La apertura de Cuentas de Ahorro a la Vista podrá realizarse con un depósito inicial mÍnimo, o pudiendo ser inferior dicho depósito a los lÍmites establecidos por resolución del Consejo de Administración y que forman parte del Anexo adjunto a este Manual. Se firmará un contrato por cada cuenta de ahorro habilitada, firmando en representación de la Cooperativa los Titulares de la Cuenta (Presidente, Tesorero y Secretario del Consejo de Administración).
cada depósito a Plazo Fijo estará respaldado por un contrato firmado por el socio ahorrista, su representante o la persona a cuya orden figure la cuenta, en el cual se incluirán las disposiciones establecidas en el presente Manual, además de las especificaciones de monto, plazo y tasa de interÉs correspondiente, asÍ como las condiciones de cancelación anticipada, aviso autorizado de cancelación al vencimiento, etc.
Las cuentas de ahorro habilitadas por la Cooperativa de acuerdo a cada producto, podrá adoptar
las siguientes modalidades:
- Individual: a nombre y orden del socio titular de la cuenta de ahorro. En este caso la extracción total o parcial será efectuada exclusivamente con la firma del titular.
- Conjunta: a la orden conjunta o colectiva, en cuyo caso se requiere la firma de todos los titulares de la cuenta de ahorro para la extracción de fondos.
- Indistinta: a la orden indistinta de los titulares de la cuenta, en cuyo caso cualquiera de ellos está habilitado para extraer total o parcialmente la suma depositada. Todas las personas participantes de la cuenta indistinta, se facultan recÍprocamente para que en forma separada o conjunta puedan operar realizando extracciones parciales o totales de los fondos.
Requisitos generales para apertura de cuenta
- Ser socio/socia de la Cooperativa COPAVIC Ltda., y estar al dÍa con las obligaciones con la Cooperativa.
- Presentar cÉdula de identidad del/los titulares, o pasaporte y certificado de radicación permanente para los extranjeros, otorgado por la Dirección de Migraciones.
- Ser persona legalmente capaz para firmar convenios y contratos.
- Suscribir el correspondiente Contrato de Ahorro y el registro de firma de ahorristas.
- Para los depósitos, iguales o superiores a los U$S 10.000 (diez mil dólares) o su equivalente en otra moneda; o las que presenten indicios de una estructuración para eludir ese umbral, los socios deberán llenar y firmar el formulario de Declaración Jurada, proveÍdo por la Cooperativa, a objeto de declarar bajo fe de juramento el origen de los fondos depositados y la profesión o actividad del titular., de conformidad a lo establecido por la Ley 1015/97 asÍ como resoluciones, reglamentos y normas que rigen el sistema de prevención de lavado de dinero y bienes.
- Realizar el depósito de apertura, no pudiendo ser inferior dicho depósito a los lÍmites establecidos por resolución del Consejo de Administración. A su vez el Consejo de Administración queda facultado a fijar o variar los montos mÍnimos exigidos anteriormente.
- Cumplir con la presentación de los documentos e informaciones requeridas en la Resolución 370/2011 de las SEPRELAD. Los mismos se detallan a continuación:
PERSONAS FÍSICAS
- Nombres y apellidos completos.
- Lugar y fecha de nacimiento.
- CÉdula de Identidad o Pasaporte, vigentes.
- Domicilio particular o laboral.
- Números de telÉfonos, particular y laboral.
- Dirección de correo electrónico, si tuviere.
- Declaración de impuesto, si corresponde.
- Declaración de origen de los recursos económicos.
- Descripción de la actividad económica principal (comercial, industrial, etc.).
- Detalle de sus ingresos y egresos, asÍ como de su situación (activos y pasivos).
- Referencias personales, comerciales y bancarias.
- Nombres y apellidos completos del conyugue, si aplica.
- Certificado de Admisión Permanente o Temporaria (en casos de extranjeros residentes).
- Factura comprobante del pago de cualquier servicio básico, u otro documento que demuestre su arraigo.
- Toda información o documentación que la Cooperativa, según las polÍticas vigentes, lo requiera para la verificación y resguardo de lo declarado por el socio; y,
- Constancia de consulta a las listas dispuestas en la Res. 370/11 de la SEPRELAD u otras que la Cooperativa utilizare.
PERSONAS JURÍDICAS
- Copia autenticada de los Estatutos Sociales.
- Copia autÉntica del Acta de Asamblea de la entidad que quiere abrir una cuenta.
- Copia autÉntica del Acta de la última Asamblea de elección de autoridades.
- Copia autenticada del Acta de la última reunión de Consejo o Directorio, donde se procedió a la distribución de cargos.
- Copia del Acta de la reunión donde se decidió efectuar el depósito en la Cooperativa.
- Copia autenticada del documento de identidad vigente de las personas autorizadas.
- Y demás documentaciones correspondientes que acrediten la representación legal de la Persona JurÍdica.
- Los representantes de la Persona JurÍdica deberán comunicar cuando corresponda las modificaciones en la nómina de personas autorizadas a firmar para realizar operaciones en la cuenta. Estas comunicaciones deberán realizarse por escrito, adjuntando los documentos respaldatorios.
- Cumplir con la presentación de los documentos e informaciones requeridas en la Resolución 370/2011 de las SEPRELAD. Los mismos se detallan a continuación:
- Registro Único del Contribuyente (R.U.C.).
- Escritura de Constitución y sus respectivas modificaciones;
- Detalle actualizado de las autoridades, gerentes y apoderados.
- Copia autenticada de los poderes de representación.
- Descripción del negocio o actividad principal
- Patente comercial expedida por la Municipalidad, si corresponde.
- Información sobre su situación patrimonial, económica y financiera, representada por los estados financieros elaborados conforme con los principios contables generalmente aceptados y la normativa vigente en el paÍs.
- Factura comprobante del pago de cualquier servicio básico, u otr documento que demuestre su arraigo.
- Toda información o documentación que la Cooperativa, según las polÍticas vigentes, lo requiera para la verificación y resguardo de lo declarado por el socio; y,
- Constancia de consulta a las listas dispuestas en la Res. 370/11 de la SEPRELAD u otras que la Cooperativa utilizare.